Por: María de los Ángeles Moreno Padilla
Actualmente, México transita por una oleada reciente en torno a la perspectiva social de la discapacidad centrada en los derechos humanos, la cual es respaldada por la Organización de las Naciones Unidas, a fin de instaurar internacionalmente, macro políticas en la igualdad de oportunidades para las personas con y sin discapacidad, garantizando así la protección y la valía universal de sus derechos humanos.
Las claves fundamentales del modelo social se mencionan a continuación:
* La discapacidad no se origina por causas asociadas a las limitaciones particulares de la persona; es decir la condición física, intelectual o sensorial de la persona, sino limitaciones de la sociedad al ejercer entornos discapacitantes que no den respuesta a sus necesidades en los espacios sociales.
* Dado que las personas con y sin discapacidad tienen la misma facultad para hacer aportaciones crecientes a su comunidad; el modelo social pugna por que las personas con discapacidad tengan una vida digna a través de la valoración de la diversidad y una plena inclusión que les permita ser partícipes en la vida cotidiana.
Por ello, se considera que la discapacidad es originada por causas sociales; tras prevenir, minimizar o derribar las barreras enfrentadas al evitar señalar particularmente a la persona en cuestión, sino a la sociedad para dar soluciones efectivas que promuevan la inclusión social, por ello las personas deben ser aceptadas tal cual son, enalteciendo sus habilidades y destrezas en lugar de centrar la atención en sus áreas de oportunidad, tras configurar entornos accesibles para todos, todas y todes a partir de una visión holística que permita a las personas con discapacidad incursionar participativamente en la vida social, desarrollando al máximo sus potencialidades a través de actividades como el arte, la cultura, el deporte y la academia, entre otros rubros.
Bajo este tenor, el modelo social de la discapacidad se encuentra moldeado con antecedentes originados en la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2016 por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en la cual colaboraron cuantiosos actores y actrices de la sociedad civil, instancias gubernamentales, especialistas en derechos humanos y educación especial a fin de promover, proteger y hacer valer los derechos de las personas con discapacidad.
De esa manera, al adoptar los derechos humanos en materia de discapacidad se toma en cuenta la capacidad de la persona para pensar, razonar, sentir y actuar, habilidades que permiten a las personas desempeñar un rol importante en la sociedad desde una visión utilitaria, siendo reconocidos como sujetos de derechos en un sistema democrático que permite erradicar las barreras sociales enfrentadas, brindando a las personas con discapacidad la oportunidad de tomar decisiones y actuar con autonomía en función de las oportunidades que se les brindan.
Totalmente de acuerdo