MIRIAM SERRANO
El Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos, con sede en Ciudad de México, emitió en su resolución este 27 de junio, que la huelga iniciada por la Sección 304 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), en la minera Peñasquito del corporativo Newmont, es legalmente existente.
El abogado del sindicato, Óscar Alzaga, declaró a puntos suspensivos que justo este martes, el tribunal federal resolvió declarar existente la huelga de la minera y fue gracias al voto minero.
Detalló que la empresa argumentó ante la autoridad que no era la mayoría de los trabajadores quienes estaban de acuerdo con la huelga y la votación realizada el viernes 23 de junio, en la parte exterior de la empresa, pues de mil 962 trabajadores que votaron, 99 por ciento fue a favor de la huelga, mil 949 mineros, de 2 mil uno que son en total.
El abogado relató que el emplazamiento a huelga y el pliego de peticiones se realizó desde el 12 de mayo, la empresa respondió hasta el día 16 con la solicitud de inexistencia; el 7 de junio estalló; el 23 de junio mil 949 mineros estuvieron a favor y este martes la autoridad la declaró existente.
El abogado precisó que la empresa aseguró ante la autoridad que había cumplido con el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) y el sindicato demostró que lo hizo, pero sólo parcialmente, pues en el tema de seguridad e higiene en la mina “ha actuado de manera curativa, no preventiva”.
Explicó que, de atender este punto, se pueden prevenir las muertes y los daños a la salud de los trabajadores y a sus familias.
Además, Alzaga especificó que, en el caso de las vacantes que reclama la empresa, más de 66, sólo cuatro se han cubierto la empresa, “lo que es igual a nada”; agregó que en el asunto de las utilidades, pagó una parte y no de forma completa.
Expuso que se han realizado varias pláticas conciliatorias sin que los llame la autoridad y también cuando ésta ha convocado a las pláticas, por lo que sindicato espera que se resuelva todo, porque la empresa presentó pruebas de que ha cumplido, pero esas mismas “demuestran que ha sido de manera parcial”.
En la resolución se estableció que la emplazada Minera Peñasquito, Sociedad Anónima de Capital Variable, no acreditó las causas de su solicitud de inexistencia a huelga.