POR: MIRIAM SERRANO
La diputada local Karla Dejanira Valdez Espinoza presentó este martes en la sesión legislativa una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 251 del Código Penal del Estado de Zacatecas para que, a quienes incumplan con la obligación alimentaria con quienes tienen el deber, deberá ser sujeto de la privación de la libertad y estar en prisión de tres a cinco años.
Tras explicar que el derecho a la alimentación es el derecho que tiene cada uno a alimentarse con dignidad y que ésta debe garantizarse al cubrir aspectos importantes: debe ser suficiente, accesible, disponible y adecuada, la diputada precisó que la Ley debe reformarse para garantizar que esto se cumpla.
Expuso que constituye un deber y un derecho de las personas y esto implica la obligación de un sujeto a proporcionarlos y la facultad para exigirlos, en el caso del matrimonio y una vez que se da el divorcio, o bien, se tiene otro tipo de parentesco, es necesario que se establezca quién o quiénes tienen la obligación de proveer y, de no hacerlo que reciba una sanción.
Para respaldar la necesidad de la reforma de ley, la legisladora explicó que, si bien ya se estableció la creación de una pensión alimenticia y a quién le recae esa obligación, se denomina deudor alimentario, mientras que a quien tiene derecho es acreedor alimentario, y se requieren de mayores medidas para que cumplan.
La obligación por parte del deudor alimentario respecto de proveer alimentos no está garantizada plenamente en su cumplimiento, por lo cual se pueden transgredir los derechos de las personas acreedoras alimenticias, agregó.
Lo anterior, dijo, porque en la práctica suele suceder que el deudor alimentario de manera intencional deja de cumplir con su obligación en el término estipulado en la sentencia o en el convenio, con lo cual estos deudores alimentarios incurren en mora, problema constante en materia de derecho familiar.
Reveló que los Juzgados de lo Familiar tramitan un número alto de procedimientos de alimentos en los cuales generalmente es la mujer la actora, por su propio derecho o en representación de sus hijos, ya que existe información sobre el hecho de que entre el 70 y 80 por ciento de las pensiones alimentarias decretadas por los tribunales de familia son incumplidas, y en 9 de cada 10 casos las demandantes son mujeres.
Dicha iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis, discusión y probable aprobación.
Si deben de obligar a las personas a que paguen las pensiones.
Por que las madres autónomas sabemos lo difícil que es criar a nustras y nustros hijos y aparte prover es una injusticia que los derechos de nustros hijos sean vulnerados de esa manera si debe de aver una pena donde estén obligados a dar la pension