MIRIAM SERRANO
Tras afirmar que la huelga “es un derecho reconocido por la ley y que su fortaleza radica en la cohesión de los trabajadores”, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCyA) reconoció la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en la mina San Martín, en Sombrerete, al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), lo que significa que la empresa reinició los trabajos en 2018 bajo la ilegalidad.
El abogado del SNTMMSSRP, Nahir Velasco, declaró a puntos suspensivos que la junta le desconoció la titularidad del CCT de la coalición que creó German Larrea, dueño de Grupo México, y también el querer terminar la huelga iniciada en la mina desde 2007.
Esto significa, dijo, que la propia autoridad valida la huelga y el titular del Contrato Colectivo de Trabajo es el sindicato que encabeza el senador, Napoleón Gómez Urrutia.
Dada esta situación, la apertura de la mina en 2018 bajo el quinquenio del priísta Alejandro Tello Cristerna, fue ilegal.
Recordó que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en su momento determinaron que no se pueden ejercitar titularidades del CCT cuando existe una huelga, pues de lo contrario sería ilegal.
Además, explicó que se demostró que la empresa de Grupo México utilizó todas las vías ilegales para tratar de terminar la huelga, pero “nunca pudo hacerlo”, porque la huelga sólo puede resolverse con el sindicato que emplazó.
En la resolución el JFCyA precisó que lo expuesto por la SCJN y el propio Tribunal Colegiado es de gran relevancia porque existe una huelga estallada de forma legal, mientras que un grupo de trabajadores, al desligarse de este hecho pretendieron cuestionar la representación mayoritaria de los huelguistas titulares del Contrato Colectivo de Trabajo con la clara intención de debilitar el movimiento.
Con estas acciones, se establece en la resolución, se atenta contra un derecho social reconocido por la Constitución Federal se declara fundado el incidente promovido por el sindicato para que su titularidad del CCT le sea reconocida, así como la existencia legal de la huelga.
Por lo tanto, no se reconoce el convenio celebrado entre los trabajadores coaligados y la empresa de Grupo México, Unidad San Martín, exhibido el 22 de agosto de 2018, por lo que la declaratoria de terminación de huelga es improcedente.